
En aquestes dates tan assenyalades de Nadal
rep les felicitacions més sentides de la Intersindical.
Són festes familiars, i millor família que Canal 9 no hi ha.
Visca la llei de reagrupament familiar i la de conciliació laboral,
que per això està Pedro García i els de dalt.
Nosaltres no podem fer a cadascú un regal,
però regalarem dues barres de torrons
a qui encerte amb noms i cognoms ha qui li ha caigut la grossa de Nadal.
ENDEVINA ENDEVINALLA, ANEM AL GRA I DEIXEM LA PALLA
1. Van fer fixes les dos filles i el gendre d'una secretària de direcció...
2. I la dona d'una altre d'esports coordinador...
3. I l'ex d'un exdirector de producció molt baixet...
4. Han fet productora la dona d'un cap d'una secció...
5. I redactora la filla d'un comissari que diu a qui es contracta i a qui no...
6. Van contractar els germans d'un torero molt famós...
7. I al fill d'un escultor del Consell Valencià de Cultura...
8. Als fills d'un sindicalista número 1...
9. I a la dona d'un ex Director General...
10. I guionista a l'home d'una Directora General de Camps...
11. I mig poble d'un que és el que més mana...
Posa noms i cognoms que nosaltres posarem els torrons.
Si vols rebre el regal, no tens més que escriure-ho en aquest mateix blog.
7 Responses to
Encara podriem omplir tres o quatre fulls més d'enxufats: les falleres, les novies i exnovies de caps, les dones de regidors d'ajuntaments, els que van en la llista d'un sindicat..........
les dos filles d'un locutor, la novia d'un ex-director general, l'ex-novia d'un conseller, la filla d'un director general, la neboda d'un blavero de postín (cap de premsa de més postí encara), la filla d'un ex-diputat i líder d'una facció política, la cunyada d'un dels editors, la filla d'una regidora de l'ajuntament de Castelló, la filla d'una ex-vicepresidenta de les Corts, la filla d'un delegat d'un diari de València
UN TESTIMONI DE CADA DIA
Contrataciones del ejercicio
Los procedimientos de contratación temporal del personal vienen determinados en el
VII Convenio Colectivo y en las circulares internas que lo desarrollan. Como resultado
de la revisión efectuada sobre una muestra de los contratos suscritos en el ejercicio 2006
se ha observado lo siguiente:
Al igual que en ejercicios anteriores, las contrataciones de 2006 no se han
realizado en todos los casos aplicables de acuerdo con las normas que respecto a
las bolsas de trabajo están reguladas en el Convenio Colectivo.
Los puestos de trabajo de apoyo o asesoramiento a los directivos, denominados
“extra-plantilla”, deben cubrirse mediante contratación laboral temporal, pero
quedan excluidos del sistema de bolsa de trabajo y no pueden superar el 3% de la
plantilla de personal, porcentaje que se ha respetado a nivel consolidado en 2006.
Se ha observado, sin embargo, que parte de estos contratos responden a categorías
de puestos de trabajo con funciones estructurales, cuya cobertura debe realizarse a
través de las bolsas de trabajo.
Las propuestas de contratación deberían estar suficientemente motivadas mediante
un informe que justifique su necesidad. En la muestra revisada no hemos podido
verificar si dichas propuestas, así como los informes referentes a la forma de
cobertura y requisitos de los puestos, se formalizan con anterioridad a la
contratación de los trabajadores, al no figurar una fecha en estos documentos.
El objeto de la mayor parte de los contratos de obra revisados se describe de
forma ambigua, cuando la normativa aplicable requiere precisión y claridad.
En cuanto a los contratos con el personal directivo del grupo RTVV, se califican de
duración determinada a efectos de lo dispuesto en el artículo 15.1 a) del Estatuto de los
Trabajadores. Tal como se viene comentando en los últimos informes de fiscalización,
estos contratos cubren puestos del organigrama y estipulan indemnizaciones a su
finalización equivalentes a las establecidas en el Estatuto de los trabajadores para el
Grupo Radiotelevisión Valenciana
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despido improcedente, lo que supone reconocer implícitamente su carácter indefinido.
Así pues, cabría cuestionarse la calificación de este tipo de contratos a los efectos
jurídicos pertinentes. En fase de alegaciones, RTVV ha comunicado que ha modificado
el vínculo contractual del personal directivo, pasando a ser de alta dirección.
Retribuciones e indemnizaciones del ejercicio
Del examen efectuado sobre una muestra de retribuciones e indemnizaciones satisfechas
durante el ejercicio, cabe señalarse como más significativos los aspectos siguientes:
En 2006 se ha satisfecho por el concepto “pactos de rodaje y/o adicionales” un
total de 1.283.872 euros. En el análisis de una muestra se ha verificado que si bien
la justificación de estos pactos de rodaje se encuentra debidamente firmada, no así
la fecha de la aprobación del pacto. Tampoco consta que se haya solicitado
autorización a la CEHE para el pago de estos complementos retributivos, tal como
establece el artículo 28.2 de la Ley de Presupuestos de la Generalitat para el
ejercicio 2006.
En la revisión de una muestra de justificantes de horas extras se ha comprobado
que no constan el informe sobre las causas o motivos de su realización ni la
justificación sobre no compensación de las mismas, tal como requiere la
normativa interna de aplicación.
El Consejo de Administración de RTVV aprueba cada año la propuesta de
objetivos e incentivos para el personal comercial, que en lo que respecta al
ejercicio 2006 quedó estimada en un total de 34.202 euros. Estas retribuciones
deben tramitarse según lo dispuesto en el artículo 28.6 de la LPG06.
Las indemnizaciones figuran dentro de las cuentas de sueldos y salarios que se
muestran en el cuadro 18, y han ascendido a 1.688.338 euros en 2006. La cifra
anterior comprende el cargo con abono a provisiones de las indemnizaciones que
devengan los contratos vigentes del personal directivo. También incluye una
indemnización por 10.943 euros derivada del reconocimiento de despido
improcedente según acta de conciliación en relación a un contrato de obra o
servicio, criterio que puede afectar a los potenciales compromisos sobre la masa
salarial del grupo en futuros ejercicios por los contratos similares existentes.
A efectos del adecuado cálculo de las retenciones por IRPF, deberían adoptarse
las medidas oportunas para tener en cuenta las percepciones acumuladas derivadas
de los diferentes contratos suscritos con los trabajadores durante el ejercicio.
Aspectos del control interno
La plantilla del Grupo, aprobada por el Consejo de Administración el 27 de septiembre
de 2003, comprende 1.027 puestos de trabajo, de los que a 31 de diciembre de 2006
están ocupados 944 y vacantes 83. En el organigrama aprobado por el Consejo de
Administración el 23 de septiembre de 2004 se incluyen los directores y directivos, que
Grupo Radiotelevisión Valenciana
comprenden un total de 61 puestos, 57 ocupados y 4 vacantes a 31 de diciembre de
2006.
Con fecha 9 de julio de 2007, el director general de RTVV puso en conocimiento del
Consejo de Administración un documento denominado “Clasificación del personal” en
el que figuran los requisitos y funciones de cada puesto de trabajo. Este documento está
pendiente de aprobación.
Las navidades ya se han acabado, hay que cargar las pilas.
Temas:
Nuevo convenio colectivo.
Cobro de las prestaciones sociales.
cobro de la diferencia del IPC.
Cierre de guantanamo.
Nuevos contratados en RTVV.
Sentencia oposiciones RAV.
Abrir en la web apartados para que todo el personal que lo desee pueda dar su opinión al respecto, en especial a temas del nuevo convenio.
El acomodo no sirve para nada.
Claro...
Mientras los contratados en prácticas que no conocemos a nadie tenemos que ver como los hijosobrinosnietosyvecinos se van de vacaciones la semana de nochevieja, aunque estén contratados desde hace apenas un mes. Y nosotros en un par de meses patada y si te he visto no me acuerdo. Es muy útil en esta televisión hacer méritos.
Después ves periodistas que escriben llabis ...
Ah!
Y USO en el poder con amenazas, veladas o directas.
Es verdaderamente escandaloso. Luego no encuentras más que personal incompetente que ni sabe hacer su trabajo ni dejan a los demás que hagan el suyo.
ESCANDALOSO lo que pasa en RTVV
La situación ya no se puede tomar en forma de humor, es intolerable que una empresa pública INCUMPLA leyes e incluso preceptos constitucionales y todo se queda ahi.
Se pasan por el forro de sus caprichos derechos fundamentales, de igualdad, contrantan sin necesidad solo para pagar favores.
Cuando los sindicatos tengan lo que tienen que tener y denuncian a los gestores de la empresa con nombre y apellidos ante los tribunales la cosa puede cambiar.
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